Unanimidad para que el traspaso de competencias como las de Suelo se dote de la financiación prevista por ley

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Según la moción impulsada por el grupo de gobierno, dichas competencias requerirían habilitar recursos financieros y medios materiales y personales “inabordables por las administraciones receptoras” con los medios de que disponen actualmente.

De ahí que el Cabildo solicite al ejecutivo y al Parlamento autonómico que garanticen la suficiencia financiera y de medios para que, de acuerdo con el principio de autonomía establecido por la Constitución, el Estatuto y la normativa canaria, las administraciones locales receptoras de nuevas competencias puedan ejercerlas eficazmente.

Argumentos de derecho

La moción se basa en principios y preceptos constitucionales, estatutarios y de la legislación canaria.

Así, según su exposición de motivos, la suficiencia financiera es un principio implícitamente reconocido en la Constitución Española y tiene por objeto garantizar la autonomía local. De hecho, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional reitera la conexión entre suficiencia financiera y autonomía, al afirmar que aquélla constituye el “presupuesto indispensable para el ejercicio de la autonomía local constitucionalmente reconocido en los artículos 137, 140 y 141”.

En cuanto al Estatuto, establece que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia exclusiva en 32 materias respecto a las cuales ejerce las potestades legislativa y reglamentaria así como la función ejecutiva, mientras que a las islas les corresponden, entre otras, las funciones transferidas o delegadas. No obstante, “las transferencias y delegaciones llevarán incorporadas los medios económicos, materiales y personales que correspondan”, según el Estatuto.

En la misma línea, la Ley 8/2015 de Cabildos dispone que, en aplicación del principio de suficiencia financiera, la atribución de nuevas competencias propias a los cabildos insulares que supongan cargas económicas adicionales llevará consigo el correspondiente traspaso de medios.

 

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