Unanimidad para que el traspaso de competencias como las de Suelo se dote de la financiación prevista por ley
Según la moción impulsada por el grupo de gobierno, dichas competencias requerirían habilitar recursos financieros y medios materiales y personales “inabordables por las administraciones receptoras” con los medios de que disponen actualmente.
De ahí que el Cabildo solicite al ejecutivo y al Parlamento autonómico que garanticen la suficiencia financiera y de medios para que, de acuerdo con el principio de autonomía establecido por la Constitución, el Estatuto y la normativa canaria, las administraciones locales receptoras de nuevas competencias puedan ejercerlas eficazmente.
Argumentos de derecho
La moción se basa en principios y preceptos constitucionales, estatutarios y de la legislación canaria.
Así, según su exposición de motivos, la suficiencia financiera es un principio implícitamente reconocido en la Constitución Española y tiene por objeto garantizar la autonomía local. De hecho, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional reitera la conexión entre suficiencia financiera y autonomía, al afirmar que aquélla constituye el “presupuesto indispensable para el ejercicio de la autonomía local constitucionalmente reconocido en los artículos 137, 140 y 141”.
En cuanto al Estatuto, establece que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia exclusiva en 32 materias respecto a las cuales ejerce las potestades legislativa y reglamentaria así como la función ejecutiva, mientras que a las islas les corresponden, entre otras, las funciones transferidas o delegadas. No obstante, “las transferencias y delegaciones llevarán incorporadas los medios económicos, materiales y personales que correspondan”, según el Estatuto.
En la misma línea, la Ley 8/2015 de Cabildos dispone que, en aplicación del principio de suficiencia financiera, la atribución de nuevas competencias propias a los cabildos insulares que supongan cargas económicas adicionales llevará consigo el correspondiente traspaso de medios.
